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lunes, 5 de diciembre de 2016

¿Qué es la Cl@ve Pin de la Agencia Tributaria?

Es una herramienta puesta en marcha por la Agencia Tributaria para la presentación online de declaraciones informativas y autoliquidaciones de tributos y que supone un paso más en la presentación telemática de impuestos.

Gracias a éste sistema, los contribuyentes no necesitaremos poseer una firma electrónica avanzada o certificado electrónico, lo que simplifica el proceso y permite el acceso a la presentación telemática de impuestos a un amplio abanico de contribuyentes.

De ésta forma, los obligados a tributar podremos presentar nuestras declaraciones informativas y autoliquidaciones en la web de la Agencia Tributaria usando un código o PIN, que permitirá certificar nuestra identidad y al que se denomina “firma con clave de acceso en un registro previo”.

¿Quién puede utilizar Cl@ve Pin?

La herramienta podrá ser utilizada por cualquier persona física con NIF o NIE (siempre que no estén obligadas a realizar sus presentaciones por Internet con certificado electrónico). No obstante, está especialmente diseñada para los autónomos que realizan presentaciones periódicas.

¿Cómo funciona?

La utilización del sistema 'Cl@ve PIN' requiere dos pasos: un registro previo y una identificación y autenticación posterior.

Se basa en la utilización de una clave elegida por el usuario y un PIN comunicado mediante SMS, con la ventaja de que no es necesario recordar ninguna contraseña de forma permanente y la seguridad que aporta el que su validez sea limitada en el tiempo (10 minutos) y que el PIN sólo pueda ser utilizado una vez (en una única sesión en la que se permite realizar varios trámites). 

Registro Previo

En primer lugar, los contribuyentes deberemos registrarnos, pudiendo utilizar para ello uno de los siguientes tres sistemas:

1- Confirmando online la carta de invitación con código seguro de verificación que Hacienda ha mandado ya a muchos autónomos. Deberemos facilitar un número de cuenta bancaria internacional (IBAN), nuestro número de móvil y la fecha de caducidad de nuestro DNI.

2- Si ya disponemos de certificado electrónico podemos solicitarlo online en la web de Hacienda. Para ello, deberemos aportar nuestro número de móvil y la fecha de caducidad del DNI.

3- De forma presencial en las oficinas de Hacienda presentando el DNI y aportando nuestro número de móvil.

Cómo veis, la importancia del número de teléfono móvil es vital, ya que es dónde posteriormente se enviarán los SMS con el PIN de tres posiciones.

Identificación

Tras el registro en el sistema, el contribuyente podrá comenzar a hacer uso del mismo.

Así, cada vez que desee realizar algún trámite online sin necesidad de certificado digital, deberá:

1- Acceder a la Sede Electrónica de la AEAT

2- Solicitar el Cl@ve 'PIN'.

Para ello deberá consignar el NIF y la fecha de caducidad del DNI.

3- Establecer una clave de identificación de cuatro caracteres a nuestra elección que definirá al contribuyente para cada solicitud del 'PIN'.

A continuación, recibiremos el código 'PIN' mediante un mensaje de texto (SMS) al teléfono móvil facilitado en el registro.

El PIN recibido sólo podrá ser utilizado durante ese mismo día natural.

De ésta forma, utilizando su NIF y la clave de cuatro caracteres más el PIN, los contribuyentes quedaremos identificados en la Sede Electrónica y podremos realizar los trámites oportunos.

Cabe recordar que, mientras que el NIF y la clave de 4 caracteres a elección del contribuyente serán siempre los mismos para cada acceso a la Sede Electrónica, el PIN deberá ser solicitado tantas veces como trámites se realicen, siempre que éstos lleven a cabo en diferentes días naturales.

El PIN obtenido deberá utilizarlo en los 10 minutos posteriores a la solicitud. Podrá realizar tantos trámites como desee siempre no cierre la sesión establecida (es decir, mientras no cierre la ventana del navegador o deje inactiva la sesión durante 60 minutos).

Para realizar el trámite deseado deberá introducir la clave definida por usted (4 caracteres) más el PIN recibido vía SMS (3 caracteres).

¿Qué trámites se pueden realizar con Cl@ve PIN?

La CL@VE PIN se puede utilizar para realizar multitud de trámites y actuaciones entre los que se destacan los siguientes:

1- Presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones para los que la Orden HAP/2194/2013 ha suprimido la presentación en papel.

2- Consultar errores y modificar registros de declaraciones informativas.

3- Consultar comunicaciones y notificaciones.

4- Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT o con modelos presentados.

5- Realizar pagos telemáticos (obtención de NRC).

6- Tramitar reconocimientos de deuda.

7- Consultar, revocar y modificar domiciliaciones.

Si olvidásemos la clave definida por nosotros o perdiesemos el mensaje SMS con el PIN, podemos volver a solicitar un nuevo CL@VE PIN siguiendo el mismo procedimiento.

Fotos: Pixabay.com

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