La Firma electrónica es un medio de identificación para la realización de gestiones a través de internet y tiene el mismo valor que la firma manuscrita.
Permite que tanto el que recibe como el que envía un contenido puedan identificarse mutuamente con la certeza de que son ellos los que están interactuando, y evita, por tanto, que terceras personas intercepten esos contenidos y que los mismos puedan ser alterados.
Solo debemos disponer de una conexión a Internet y del certificado electrónico FNMT, cuya obtención es gratuita, para realizar todo tipo de trámites de forma que quede garantizada nuestra verdadera identidad.
Para poder firmar electrónicamente en primer lugar debemos que obtener un certificado de usuario.
Existen tres tipos de certificados electrónicos: el de usuario, el de persona jurídica y el de entidad sin personalidad jurídica. Todos ellos se solicitan por internet a través de la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
¿Para qué sirve la firma electrónica?
Como autónomos nos conviene aprovechar todos los recursos que nos ofrece internet. El Certificado de Usuario nos permitirá firmar electrónicamente formularios y documentos electrónicos con la misma validez jurídica que si firmáramos con nuestro "puño y letra" el mismo documento en papel, es una forma de realizar trámites de forma segura a través de Internet.
También nos servirá para emitir facturas electrónicas
Gracias a nuestro Certificado de Usuario evitaremos desplazamientos y esperas innecesarias y podremos cumplir con nuestras obligaciones legales cuando más nos convenga, sin necesidad de interrumpir nuestra actividad profesional, ya que muchos de los trámites están disponibles las 24 horas. El certificado puede utilizarse en ministerios y organismos públicos de las administraciones central y autonómica, también en muchos ayuntamientos y organismos privados como colegios profesionales, universidades, etc.
¿Cuáles son los principales trámites que podemos realizar con tu firma electrónica?
Cada día hay más trámites disponibles para los autónomos. Vamos a destacar los más relevantes:
Agencia Tributaria:
- Declaración de la Renta
- Comprobar y modificar domicilio fiscal
- Descargar modelos y formularios
- Presentar y consultar declaraciones
- Pago de impuestos
- Solicitar aplazamientos
- Presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT
- Apoderar y otorgar representación
- Solicitar y recoger certificaciones tributarias
- Participar en subastas
- Consultar deudas
Seguridad Social:
- Solicitud de Informe de Vida Laboral
- Solicitud cambio de domicilio
- Informe de Alta laboral a fecha concreta
- Asignación de número de la Seguridad Social
- Informe de bases y cuotas ingresadas en el ejercicio seleccionado
- Duplicado de Documento de Afiliación
- Informe de datos identificativos y de domicilio
- Situación de cotización/deuda trabajadores
- Solicitud de domiciliación en cuenta
- Solicitud cambio de base de cotización (Autónomos)
- Devolución de cuotas
- Cómo va mi prestación
- Percepción de pensiones públicas
- Información de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF
- Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) Con este servicio, se facilita la obtención del certificado provisional sustitutorio de la tarjeta sanitaria europea, sólo para el titular del derecho a asistencia sanitaria, en los desplazamientos por Europa.
- Seguimiento de impugnaciones ante la TGSS
Ministerio de Trabajo e Inmigración (Red Trabaja)
- Envío de los datos del certificado de empresa de tus trabajadores contratados, cuando finalice o se suspenda o reduzca su relación laboral.
- Trámites relativos a prestaciones.
- Publicar y gestionar ofertas de empleo.
Comunidades Autónomas
- Envío de solicitudes para subvenciones, ayudas, etc.
- Aportar documentación y conocer el estado de tus expedientes.
- Pago de tasas.
- Declaración y pago de impuestos.
- Valoraciones de bienes,etc.
- Solicitud de certificados y justificantes.
Oficina española de patentes y marcas
- Solicitud de marca o nombre comercial
- Solicitud de registro de diseño industrial
¿Qué pasos debemos seguir para obtener el Certificado de usuario?
1. Accedemos a la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre . Entramos en la pestaña CIUDADANOS, luego en el apartado OBTENER EL CERTIFICADO y en el menú de la izquierda encontrarás el apartado SOLICITUD DE CERTIFICADO.
2. Solicitamos nuestro código, introduciendo y enviando nuestro NIF. Este código es muy importante, ya que posteriormente debemos presentarlo al acreditar nuestra identidad.
3. Acreditación de la identidad en una Oficina de Registro. Podemos dirigirnos a cualquiera de las Oficinas de Registro de los Organismos acreditados, existe un servicio de localización en esta página. Para la acreditación debemos presentar, además del código, nuestro DNI, O NIE en caso de ciudadano extracomunitario. Los ciudadanos comunitarios que no tengan la tarjeta de residencia, presentaran el "Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y su Pasaporte".
4. Descarga del Certificado de Usuario
Después de haber acreditado nuestra identidad en una Oficina de Registro, tendremos que acceder de nuevo a la misma página web, desde el mismo ordenador con el que realizamos la solicitud del código, y entrar en el apartado DESCARGA DEL CERTIFICADO, introduciendo de nuevo el NIF y el código obtenido en el paso 2.
¡OJO!: Si hemos elegido una Oficina de Registro de la Agencia Tributaria para acreditar nuestra identidad, debemos esperar al día siguiente para proceder a la descarga del certificado.
¿Qué pasos debo seguir para obtener el certificado de persona jurídica?
1. Accedemos a la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Entras en la pestaña de EMPRESAS, luego en el apartado CERT. PERSONA JURÍDICA y en el menú de la izquierda, entramos en SOLICITUD DE CERTIFICADO.
2. Solicitas tu código, introduciendo y enviando nuestro NIF. Este código es el que posteriormente deberemos presentar al acreditar nuestra identidad.
3. Acreditación de la identidad en una Oficina de Registro.
El registro de usuario es presencial. La documentación que debemos aportar, además del código, es la siguiente:
- Las sociedades mercantiles y demás personas jurídicas cuya inscripción sea obligatoria en el Registro Mercantil, certificado del Registro Mercantil relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de las mismas.
- Las Sociedades Civiles y demás personas jurídicas, documento público que acredite su constitución de manera fehaciente.
- Si el Solicitante es administrador o representante legal del sujeto a inscripción registral, certificado del Registro correspondiente relativo a su nombramiento y vigencia de su cargo. Dicho certificado deberá haber sido expedido durante los diez días anteriores a la fecha de solicitud del Certificado de Persona Jurídica para el ámbito tributario.
- La persona física Solicitante del Certificado de Persona Jurídica para el ámbito tributario, a efectos de su identificación, deberá personarse en cualquier oficina de acreditación, y se acreditará mediante Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación para Extranjeros.
Existe un servicio de localización de las OFICINAS para proceder a la acreditación.
Si hemos solicitado un certificado de persona jurídica (o de entidad sin personalidad jurídica) para el ámbito tributario, debemos dirigirnos a las Oficinas de Registro de la Agencia Tributaria.
1. Descarga del Certificado de Usuario.
Una vez realizado el registro presencial y con la ayuda del código obtenido en el paso 2, podremos descargar vía Internet nuestro Certificado.
Atención
El proceso de obtención del certificado debemos realizarlo desde el mismo equipo, con el mismo usuario y el mismo navegador y no podemos cambiar de sistema operativo ni formatear nuestro ordenador.
Es importante hacer copia de seguridad del certificado. Para saber más sobre cómo hacer esta copia, entra aquí.
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